El Gabinete de Salud Pública dio a conocer este miércoles el protocolo para restaurantes y bares en el contexto del COVID-19, según el cual se emitirá una acreditación.
El documento no indica, sin embargo, si la certificación es obligatoria para iniciar la operación a partir de este miércoles 27 de enero.
El protocolo ordena que el interesado en ser certificado “deberá enviar una carta de solicitud dirigida al Señor Ministro de Salud Pública, que será depositada en la sede central del Ministerio de Salud Pública o a través de las direcciones provinciales o de áreas correspondientes”.
En la solicitud de certificación se debe incluir el tipo de actividad (bar o restaurante), el horario laborable, el protocolo sugerido en el establecimiento, dimensiones de las áreas para los clientes o usuarios y el responsable de la bioseguridad del local.
Según el protocolo, una vez realizada la solicitud, “el Ministerio de Salud Pública asignará el caso a los inspectores de salud correspondientes con el fin de evaluar el protocolo de seguridad a implementar”.
Los inspectores tomarán en cuenta:
- Disponibilidad de un equipo de protocolo en las entradas de los recintos, para garantizar las medidas de higiene, distanciamiento, temperatura y el propio orden.
- Evaluación y medición de áreas para clientes para determinar la cantidad de mesas y personas permitidas, tomando en cuenta el 60% de la capacidad total de las instalaciones.
- Estrategia de descontaminación de los espacios públicos.
- Equipos de protección personal para el personal ocupacionalmente expuesto (personal de seguridad, protocolo, entre otros).
Mecanismo para el lavado y desinfección de manos.
Una vez realizada la inspección, el Ministerio de Salud emite la acreditación en la que conste el nombre del establecimiento, la cantidad de personas permitidas en el mismo, firmad´a por el director rovincial de Salud correspondiente y el director de Gabinete del Ministerio de Salud Pública.
Esta certificación deberá ser colocada en la entrada del establecimiento para la vista pública, conjuntamente con el protocolo validado por el Ministerio.
En caso de que el establecimiento no cumpla con los lineamientos descritos previamente, al solicitante les serán notificadas por escrito las razones de la no procedencia, teniendo la oportunidad de presentar la solicitud nuevamente, subsanando cualquier indicación que le haya sido realizada por el Ministerio de Salud para ser reevaluada.