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Policías piden al TC poder trabajar en seguridad privada

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El Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo este viernes un expediente mediante el cual sus accionantes buscan que sean declarados no conforme con la Constitución varios numerales del artículo 153 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (Ley 590-16), que establece como faltas graves ejercer algunos oficios en lo que se desempeñan los policías activos.

La acción directa de inconstitucionalidad fue incoada por Ervin David Vallejo Arias, solicitando que se declaren inconstitucional el artículo 153, en los numerales 20, 25 y 27 de la Ley núm. 590-16, por entender que los mismos chocan con los artículos 39.1 (derecho a la igualdad de los dominicanos); 63.1 (derecho a la educación), y otros artículos de la Carta Magna.

En la audiencia virtual, el accionante Ervin David Vallejo Arias estuvo representado por el abogado José Rafael Tamarez Batista.

De manera precisa, los accionantes quieren que sea eliminado de la Ley Organiza de la Policía Nacional el numeral 20 que sanciona como una falta muy grave el hecho de que un policía activo desempeñe cargos públicos o privados remunerados, salvo si el segundo se presta en el área de docencia, en jornadas distintas a las que le han sido designadas, salvo los casos reglamentados por el Consejo Superior Policial.

El numeral 25 del artículo 153 es otro que quieren sacar de la Ley 590-16, ya que sanciona como una falta muy grave que un agente activo participe directa o indirectamente en negocios vinculados a servicios privados o particulares de seguridad.

Mientras que el numeral 27 del mismo artículo sanciona que un policía ejerza la profesión de derecho, en cualquiera que sea su rama.

En la audiencia virtual del Tribunal Constitucional, los representantes del Senado de la República solicitaron a los jueces rechazar la acción directa de inconstitucionalidad por no observarse que los artículos atacados sean contrarios a la Constitución.

Los representantes de la Cámara de Diputados ratificaron la opinión del Senado y pidieron el rechazo de la acción por improcedente, mal fundada y carente de base legal. Además por no observarse vulneración de derechos constitucionales.

Mientras que la Procuraduría General de la República (PGR) también solicitó el rechazo de la acción.

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