Justicia

Ministerio Público aún no presenta acusación por asesinato de Jorge Mera jueza impone plazo de 15 días

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La advertencia de la magistrada Rivas se hace próximo a vencerse los dos meses de prórroga que se otorgó al MP y luego de los tres meses que estipula el Código Procesal Penal.

Al Ministerio Público se le agota el tiempo para presentar actos conclusivos sobre el asesinato de Orlando Jorge Mera, exministro de Medio Ambiente. La jueza del Sexto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Yanibet Rivas, intimó a ese órgano persecutor para que en 15 días someta la acusación formal contra Fausto Miguel de Jesús Cruz de la Mota (Carandai), quien guarda prisión preventiva por el crimen ocurrido en junio de este año. 

La advertencia de la magistrada Rivas se hace próximo a vencerse los dos meses de prórroga que se otorgó al MP y luego de los tres meses que estipula el Código Procesal Penal.

Cruz Mota está acusado de dispararle seis veces al extitular del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera, porque supuestamente el funcionario se negó a autorizarle la exportación de cinco mil toneladas de baterías usadas y que gestionaba para la empresa Aurum Gavia, S.A. El imputado purga la prisión preventiva en el Centro Correccional y de Rehabilitación Najayo-Hombres.

Según el expediente que se dio a conocer en los días posteriores al hecho, Carandai cometió el asesinato de quien era su amigo de infancia porque supuestamente estaba molesto debido a que  “hizo campaña política para el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y no le resolvieron”. Describe que, después de llegar en tono amenazante a la sede del Ministerio, el funcionario lo dejó entrar a su despacho porque era de su confianza.

Inmediatamente ejecutó el crimen, Cruz Mota abandonó el edificio aprovechando el alboroto que se produjo en la entidad. Abordó un motor y se dirigió a la iglesia Parroquia Jesucristo, Sumo Eterno, ubicada en la calle San Pío X, en el sector Renacimiento, en el Distrito Nacional, desde donde se entregó. El capellán de esa iglesia dijo que el acusado le confesó que había matado a una persona. 

Si vence plazo deberá archivar expediente 

De vencer la prórroga dada por la jueza, el artículo 43 que modifica el 150 de la Ley 76-02 del Código Procesal Penal establece que el Ministerio Público debe “disponer el archivo” del expediente contra el imputado. Miguel Valerio, abogado de la familia Jorge Mera, dijo que el plazo empieza a correr cuando se notifica a la parte intimada.

El artículo 43 de la Ley 10-15 que modifica el 150 de la Ley 76-50 sobre “plazo para concluir la investigación. El Ministerio Público debe concluir el procedimiento preparatorio y presentar el requerimiento respectivo, o disponer el archivo en un plazo de tres meses, si contra el imputado se ha dictado prisión preventiva o arresto domiciliario (…) Si no ha transcurrido el plazo del procedimiento preparatorio y el Ministerio Público justifica la necesidad de una prórroga para presentar la acusación, puede solicitarla por única vez al juez, quien resuelve, después de dar al imputado la oportunidad de manifestarse al respecto. La prórroga no puede superar los dos meses, sin que ello signifique una ampliación del plazo máximo de duración del proceso”. 

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